Hoy, 2 de abril de 2025, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Ley 1/2025, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, una normativa largamente esperada que establece un marco legal para reducir el despilfarro de alimentos a lo largo de toda la cadena alimentaria.
Entrará en vigor el 2 de enero de 2025, aunque algunas medidas se aplican desde mañana y otras, como las obligaciones del artículo 6, lo harán dentro de un año.
La ley se aplica a productores, transformadores, distribuidores, hostelería, restauración, entidades sociales y administraciones públicas, abarcando toda la cadena alimentaria en territorio español. Quedan excluidas las retiradas de productos vinculadas a medidas de gestión de crisis previstas en la normativa comunitaria.
¿Cómo afecta esta ley a tu empresa? Si formas parte de la cadena alimentaria, sigue leyendo para conocer los objetivos, obligaciones y buenas prácticas que deberás tener en cuenta.
Principales objetivos de la ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario
La Ley 1/2025 tiene como objetivo principal prevenir y reducir las pérdidas y el desperdicio de alimentos en toda la cadena agroalimentaria. Entre sus fines destacan:
- Reducir las pérdidas y el desperdicio de alimentos a lo largo de toda la cadena agroalimentaria, fomentando una gestión más eficiente de los recursos y la economía circular.
- Definir con claridad qué se entiende por pérdidas y desperdicio, aplicándolo a cada eslabón de la cadena.
- Fomentar la donación y redistribución de alimentos no comercializados, asegurando la seguridad alimentaria y la trazabilidad.
- Favorecer la investigación, innovación y análisis de las causas del desperdicio para mejorar su prevención.
- Mejorar la medición del desperdicio alimentario, con metodologías homogéneas que permitan comparaciones entre regiones.
- Apoyar a entidades sociales con recursos logísticos y financieros para facilitar la redistribución solidaria de alimentos.
- Alinear el marco legal con la Agenda 2030, estableciendo metas concretas: reducir un 50 % los residuos alimentarios per cápita en consumidores y minoristas, y un 20 % en la cadena de suministro para 2030.
- Impulsar la rendición de cuentas y el aprendizaje de los agentes de la cadena sobre prevención.
- Contribuir a reducir emisiones de gases de efecto invernadero asociadas al desperdicio alimentario.
- Establecer una jerarquía de prioridades en la gestión de excedentes no evitables (uso humano, animal, compost, etc.).
- Sensibilizar y formar a toda la sociedad, desde la producción hasta el consumo final, promoviendo una gestión responsable de los alimentos.
- Donación y redistribución para consumo humano.
- Alimentación animal o fabricación de piensos.
- Uso como subproducto en otras industrias.
- Reciclado, como compost o digerido.
- Valorización energética, como producción de biogás.
Excepcionalmente, este orden podrá adaptarse si se justifica técnicamente o por razones de seguridad, viabilidad económica o ambiental. Además, las administraciones podrán establecer incentivos para facilitar su cumplimiento.
- Aplicar la jerarquía de prioridades establecida en la ley para prevenir el desperdicio.
- Cumplir con lo dispuesto en la Ley 7/2022 en materia de residuos alimentarios y donaciones.
- Evitar cláusulas contractuales que impidan donar alimentos (serán nulas).
- Disponer de un plan de prevención del desperdicio alimentario.
- Promover acuerdos de donación con entidades sociales, salvo justificación.
- Permitir que el cliente se lleve la comida no consumida sin coste adicional (excepto en bufés libres).
- Informar claramente de esta posibilidad, preferiblemente en la carta o menú.
- Facilitar envases aptos para uso alimentario, reutilizables o reciclables.
- En el caso de plásticos de un solo uso, se deben respetar las obligaciones legales sobre su reducción y cobro.
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Mejorar la información sobre productos con imperfecciones y fomentar su venta, así como la de alimentos sostenibles, respetando la normativa europea.
- Garantizar una logística adecuada para minimizar el desperdicio.
- Crear protocolos específicos para reducir pérdidas en transporte y almacenamiento.
- Incentivar la venta de productos con fecha próxima de consumo o caducidad.
- Ofrecer líneas de productos “feos o imperfectos”, promover alimentos de temporada, locales y ecológicos.
- Informar visiblemente sobre la seguridad del consumo de productos con imperfecciones.
- Formar y sensibilizar al personal sobre prevención del desperdicio.
- Exponer materiales de divulgación sobre consumo responsable, planificación, conservación, interpretación de fechas, etc.
- Realizar campañas de concienciación sobre el impacto del desperdicio alimentario.
- Aplicar buenas prácticas comerciales y colaborar con proyectos sociales o comunitarios vinculados a la prevención del desperdicio.
- Fomentar compras sostenibles, priorizando productos frescos, de temporada, locales o ecológicos.
- Ofrecer menús más flexibles, con opciones de guarnición o raciones ajustadas.
- Impulsar la donación de alimentos con fines sociales.
- Entregar los restos alimentarios a instalaciones de compostaje y mejorar la calidad de la fracción orgánica.
- Formar y sensibilizar al personal sobre la prevención del desperdicio alimentario.
- Realizar campañas informativas que promuevan un consumo responsable y destaquen el impacto ambiental, social y económico del desperdicio.
- Formar e informar a consumidores, distribuidores y productores sobre la interpretación adecuada de las fechas de caducidad o de consumo preferente.
- Incentivar a los operadores a fijar fechas realistas que maximicen la vida útil sin comprometer la calidad ni la seguridad.
- Fomentar la innovación para prolongar la vida útil de los productos.
- Impulsar estudios sobre el etiquetado, la optimización de procesos y la mejora en producción y logística.
- Entrada en vigor: 2 de enero de 2025, salvo algunas medidas que se aplican al día siguiente de su publicación (como las ayudas agrarias).
- Medidas obligatorias del art. 6: se aplicarán tras un año desde la publicación.
- Se modifican diversas leyes y reales decretos sobre agricultura, sanidad vegetal y animal, contratos públicos, energía o empleo, para incorporar criterios de prevención del desperdicio, representatividad agraria y eficiencia en el uso de recursos.
- Se incluye la aplicación de un IVA del 0 % para donaciones de alimentos a entidades sin ánimo de lucro.
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